El alcalde de Caudete, Moisés López, ha publicado un Bando con motivo de la próxima Navidad. En el mismo, se regulan los cortes de calles, así como la modificación de horarios de los establecimientos y actividades recreativas.
El contenido literal del Bando es el siguiente:
«D. Moisés López Martínez, Alcalde-Presidente del M.I. Ayuntamiento de Caudete ; HACE SABER
Vista la proximidad de las Navidades de este municipio, así como las actividades a desarrollar dentro de la Campaña de fomento de comercio municipal, desde los días del 7 al 29 de diciembre de 2018, y dada la Necesidad de regular el tráfico durante las mismas, desde el M.I. Ayuntamiento de Caudete, vista la Resolución Nº 3144 de 4 de diciembre de 2018, se publica dicha disposición para general conocimiento y cumplimiento:
PRIMERO.- Quedarán cortadas a la circulación de vehículos y prohibido el estacionamiento (excepto entrada de vecinos a garajes):
• Día 7 de diciembre de 2018 (actuación musical), desde las 18:00 hasta las 23:30 horas: C/ Corona de Aragón, desde la intersección con la C/ Alcalde Luis Pascual, hasta la intersección con la C/ La Huerta y C/ Atleta Antonio Amorós, desde la intersección con la C/ El Molino, hasta la intersección con la C/ La Zafra.
• Día 8 de diciembre de 2018 (actuación musical) desde las 18:00 hasta las 23:30 horas: C/ Atleta Antonio Amorós, desde la intersección con la C/ Echegaray, hasta la intersección con la C/ La Zafra.
• Desde el día 10 hasta el día 16 de diciembre 2018 (mercadillo navideño): Plaza de la Iglesia.
• Día 22 de diciembre de 2018 (Bola navideña) desde las 9:00 hasta las 14:00 horas: C/ El Molino, desde la intersección con la C/ Atleta Antonio Amorós, hasta la intersección con la C/ Alcalde Luis Pascual.
En Caso de vientos superiores a 30 km/h esta actividad se trasladará a la Plaza de la Música.
• Día 22 de diciembre de 2018 (Taller de magia) desde las 9:00 hasta las 14:00 horas: C/ Atleta Antonio Amorós, desde la intersección con la C/ Echegaray, hasta la intersección con la Avda. Juan
Carlos I.
• Día 29 de diciembre de 2018 (disco móvil infantil) desde las 9:00 hasta las 14:00 horas: C/ La Zafra, desde la intersección con la C/ Atleta Antonio Amorós, hasta la intersección con la C/ García Lorca.
• Día 1 enero de 2019 “PROCESION DEL NIÑO”: Plaza de la Iglesia, calle Sacramento, C/ Dean Martínez, Avda. Virgen de Gracia, C( Mayor, Plaza del Carmen, C/ San Antonio Abad, C/ Santa Bárbara, C/ Santa Ana y C/ La Abadía.
SEGUNDO.- En cuanto a los horarios de los establecimientos y actividades recreativas se deberá aplicar lo establecido en la Orden de la Consejería de Administraciones, de 4 de enero de 1996:
Artículo 1
Los espectáculos, actividades recreativas y establecimientos públicos se someterán, en cuanto a sus horarios de celebración o funcionamiento, a las disposiciones que se contienen en esta Orden.
Artículo 2
Los espectáculos, actividades recreativas y establecimientos públicos podrán ejercer su actividad como máximo, de acuerdo con las horas señaladas en los siguientes grupos y cuadro:
HORARIO DE INVIERNO
(Desde el 1 de octubre hasta el 31 de mayo)
Grupo Local o actividad Hora apertura Hora cierre
A Cines, teatros, circos,
frontones, boleras y canódromos 10.00 0.30
B Espectáculos al aire libre 10.00 1.00
C Tabernas 6.00 1.30
D Restaurantes, cafés, bares y cafeterías 6.00 1.30
E Bares especiales (Pubs, disco-pubs, disco-bar, etc.) 10.00 2.30
F Salas de fiesta de juventud. 12.00 22.00
G Discotecas, salas de baile y salas de fiestas con espectáculos o pases de
atracciones 12.00 4.00
H Cafés-teatro y tablaos flamenco 12.00 4.00
I Salas de bingo 12.00 3.00
J Salones Recreativos de tipo A 10.00 22.30
K Salones recreativos de tipo B 10.00 1.30
HORARIO DE VERANO
(Desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre)
Grupo Local o actividad Hora apertura Hora cierre
A Cines, teatros, circos, frontones,
boleras y canódromos 10.00 1.30
B Espectáculos al aire libre 10.00 2.30
C Tabernas 6.00 2.30
D restaurantes, cafés, bares y cafeterías 6.00 2.30
E Bares especiales (Pubs, disco-pubs, disco-bar, etc.) 10.00 4.00
F Salas de fiesta de juventud. 12.00 23.00
G Discotecas, salas de baile y salas de fiestas con espectáculos o pases de atracciones 12.00 6.00
H Cafés-teatro y tablaos flamenco 12.00 6.00
I Salas de bingo 12.00 4.00
J Salones Recreativos de tipo A 10.00 24.00
K Salones recreativos de tipo B 10.00 2.30
Artículo 3
1.- Durante los viernes, sábados y vísperas de festivos se aplicará el horario de cierre autorizado para la temporada de verano.
2.- Durante los días comprendidos entre el 23 de diciembre y el 6 de enero del año siguiente se aplicará el horario de verano, excepto los días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero, en los que no habrá limitación de horario para el cierre.
Artículo 5
A partir de la hora señalada como de finalización o de cierre, deberá cesar toda música, actuación o juego, y no se podrán servir más consumiciones. No se permitirá la entrada de más personas al local, y se encenderán todas las luces para facilitar el desalojo de los establecimientos o recintos que deben quedar vacíos de público en el plazo máximo de treinta minutos.
TERCERO.- Advertir que del cumplimento de esta Resolución quedan excluidos vehículos del Ayuntamiento, los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, los de Protección Civil y los de emergencias, en el ejercicio de sus funciones.
CUARTO.- Dar cuenta de la presente Resolución a los vecinos de Caudete mediante Bando de Alcaldía, y su publicación en la web municipal, haciendo constar que el artículo 41 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales establece que es obligatorio el cumplimiento de los acuerdos del Ayuntamiento y que son sancionables las infracciones cometidas.”
Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento.»
Fuente: Ayuntamiento de Caudete