Moción de CCD Caudete /
CCD Caudete presentó en el Pleno Ordinario de anoche una moción relacionada con la readmisión de una trabajadora del Ayuntamiento, si bien no llegó a debatirse por el voto en contra de PP y el concejal No Adscrito.
Dicha moción ha sido remitida a este medio para su publicación íntegra, y puede leerse a continuación.
MOCIÓN CCD
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Con fecha 30 de septiembre de 2021, y según Resolución de Alcaldía nº 1989, en cumplimiento del informe del Interventor de este Ayuntamiento, fue despedida una trabajadora de este Ayuntamiento, habiendo sido indemnizada con la cantidad de 3.285,79 euros que legalmente le correspondía.
En el Pleno que nos ocupa hoy se han dado cuenta, entre otras, de las Resoluciones de Alcaldía números 444 y 623 de fechas 16 de febrero y 8 de marzo respectivamente, según las cuales se readmite a la trabajadora, en cumplimiento de la Sentencia 39/2022 de 3 de febrero del Juzgado de lo Social nº 3 de Albacete, que reza literalmente: «Declaro la improcedencia del despido del que ha sido objeto la demandante con fecha efectos del 30/09/2021, debiendo optar dicha entidad en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente resolución entre la readmisión o el abono en concepto de indemnización de la suma de 4.611,60 euros, con abono, en caso de readmisión, de los salarios de tramitación legalmente procedentes».
Según el artículo 35.1.i) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, «Serán motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho: i) Los actos que se dicten en el ejercicio de potestades discrecionales, así como lo que deban serlo en virtud de disposición legal o reglamentaria expresa».
Pues bien, en ninguna de las dos Resoluciones de Alcaldía con que se readmite a la trabajadora ha sido motivada. Si vemos los Presupuestos del Ayuntamiento para el ejercicio 2022, se observa que el Capítulo de Personal asciende a más del 50% del mismo, y entre ello y los Gastos Ordinarios, la economía municipal está prácticamente estrangulada. Es por todos conocido que el Ayuntamiento no hace uso, salvo para la Policía Local, de los principios democráticos para el acceso al empleo público, que son «igualdad», «mérito» y «capacidad», a través de la convocatoria de oposiciones para cubrir las plazas que se precisen procedimiento que va en «detrimento de la independencia de los trabajadores municipales y que genera clientelismo, hipotecas y favores…».
ACUERDO
Que por el Pleno se anulen los Decretos 444 y 623 de 2022, por no haber sido acordados con la pertinente motivación, y se retrotraiga el expediente a fecha 16 de febrero y se acuerde el despido y la indemnización indicada en la Sentencia (4.611,60 € ), todo ello motivado por el interés económico favorable para este Ayuntamiento, todo ello «en aras de optimizar los Recursos Humanos de que ya dispone».