Redacción – Caudete Digital /
Hasta el próximo día 31 de mayo estará autorizada la quema de rastrojos en Caudete. Así lo ha explicado la concejal de Medio Rural, Marian Ballester, quien ha ofrecido a los agricultores, y caudetanos que posean terrenos agrícolas, información de interés sobre la quema de restos agrícolas.
Ha remarcado que la Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural establece el 31 de mayo como último día en que podrán quemarse rastrojos, en las condiciones siguientes:
a) No quemar en condiciones de viento moderado o fuerte.
b) No quemar, o interrumpir la actividad de quema, cuando el humo pueda afectar a carreteras o núcleos de población.
c) Asegurar la discontinuidad de los restos vegetales a quemar con otros combustibles agrícolas o forestales, mediante una faja de anchura suficiente libre de elementos combustibles.
d) En el caso de quemas de restos vegetales en terrenos agrícolas a menos de 400 m. de una zona con la consideración de terreno forestal o monte, situar los restos a quemar lo más alejados posible de dicha zona forestal.
e) Disponer del personal y de los medios materiales suficientes para poder controlar la quema y sofocar los posibles conatos de incendio.
f) No iniciar la quema antes de las dos horas previas a la salida del sol y dejarla perfectamente apagada antes de las 16:00 horas.
g) Vigilar y controlar permanentemente la quema, permaneciendo en el lugar hastas que no haya llama, humo o rescoldos incandescentes.
h) Interrumpir toda actividad de quema o uso del fuego cuando así lo indique verbalmente un Agente de la autoridad, en el caso de que estime que no se están cumpliendo de las debidas medidas de control y seguridad, o que las condiciones de las mismas suponen un peligro para el Medio Natural.
En el caso de realizar esta actividad a menos de 400 metros del monte, deberán comunicarlo bien a los Agentes Medioambientales, quienes se desplazan para la atención presencial los miércoles de 11 a 13 horas al Ayuntamiento, o bien cumpliendo lo establecido en el Anexo 4 de la citada Orden.