Los autónomos pagarán en 2023 por ingresos reales, con unas cuotas que irán de 230 a 500 euros mensuales. Para ello, el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) prevé un sistema basado en 15 tramos, en los que se establece una base mínima y otra máxima de cotización progresiva a las que aplicar las cuotas.
Los trabajadores autónomos tendrán que calcular sus ingresos reales, es decir, sumar todos sus ingresos y restarle todos los gastos. Sobre esa cantidad, se aplica adicionalmente una deducción por gastos genéricos del 7 % (3 % para los autónomos societarios). El resultado será la cifra que determinará la base de cotización y la cuota correspondiente y establecerá en el tramo en el que se encuentra, que determinará sus bases mínimas y máximas de cotización. Cabe precisar que como los ingresos reales de estos profesionales pueden variar a lo largo del año, tienen la posibilidad de realizar seis cambios de tramo anuales.
Será el propio autónomo el que decidirá si cotiza con la base mínima o con la máxima. Mientras más se pague ahora, mayor será la pensión de jubilación que se percibirá cuando corresponda. De este modo, desde el 1 de enero y hasta el 28 de febrero los autónomos podrán pedir a la Seguridad Social la base de cotización mensual acorde a los beneficios netos que esperan tener cada mes durante el ejercicio 2023.
Los cambios de base de cotización entrarán en vigor el 1 de marzo. También habrá que precisar el rendimiento neto previsto. Cabe precisar que la Seguridad Social controlará si las cotizaciones de los autónomos corresponden al tramo correcto cuando estos presenten su declaración de IRPF. En el caso de que el trabajador haya pagado más de lo necesario, se le devolverá el excedente en un plazo máximo de cuatro meses. En el caso de que el abono sea inferior, el autónomo tendrá que aportar la diferencia en dos meses como máximo.
Tramos previstos y bases de cotización
Ingresos de 670 euros mensuales o inferiores:
Base mínima: 751,63 euros.
Base máxima: 849,66 euros.
Ingresos de 671 y 900 euros mensuales:
Base mínima: 849,67 euros.
Base máxima: 900 euros.
Ingresos entre 900,01 y 1.166,69 euros mensuales:
Base mínima: 898,69 euros.
Base máxima: 1.166,70 euros.
Ingresos entre 1.166,70 y 1.300 euros mensuales:
Base mínima: 950,98 euros.
Base máxima: 1.300 euros.
Ingresos entre 1.300,01 y 1.500 euros mensuales:
Base mínima: 960,78 euros.
Base máxima: 1.500 euros.
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